Acabamos de renovar las pólizas de Seguro de Vida, Salud y Catastrófico que tenemos con la compañía aseguradora Euroamerica, esta renovación comenzará a regir desde el 1º de Abril del presente y culminará el 31 de Marzo de 2010.-
Los valores y coberturas se mantendrán, la única diferencia estará en el deducible que se comenzará a aplicar con esta renovación, (UF 0.9 - UF 1.8 - UF 2.7) anteriormente eran (UF 0.5 - UF 1 - UF 1.5).-
Este único cambio se debe a que lamentablemente el siniestraje (valor cancelado por prima v/s valor reembolsado por la compañía) ha sido de un 100%, por lo que la compañía aseguradora presentó varias propuestas siendo esta la mas conveniente para todos. Entre las propuestas presentadas estaba subir precios de las pólizas, bajar medicamentos, etc.
Puratos de Chile entiende que el hecho de haber variado alguna de estas otras propuestas resultaría ser muy fuerte para el bolsillo de los asegurados, por lo que se tomó esta decisión de aceptar el alza de los deducibles.
Quisiera contarles que también estuvimos cotizando con otras compañías de seguros, pero en el entendido de que este es el primer año y las cotizaciones recibidas no eran sustancialmente superiores a las ofrecidas por Euroamerica es que la Gerencia decidió continuar trabajando con la compañía actualmente vigente.
Recuerden que las personas que deseen incorporarse al seguro de salud, lo pueden hacer desde ya en la oficina de RR. HH.
DETALLE DE COBERTURAS
BENEFICIO DE HOSPITALIZACIONES
DIA CAMA
Reembolso con bono 100,00 %
Reembolso vía reembolso 100,00 %
Reembolso sin previsión 50,00 %
Monto Máximo por prestación 3,00 UF
N° Máximo Prestaciones por evento 30 Días
Cobertura para prest. superiores a 30 Días
Porcentaje de reembolso 70,00 %
Tope Máximo 3,00 UF
CIRUGIA AMBULATORIA
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
OTROS GASTOS DE HOSPITALIZACION
Reembolso con bono 100,00 %
Reembolso vía reembolso 100,00 %
Reembolso sin previsión 50,00 %
Tope Máximo por evento 20,00 UF
Cobertura para montos superiores a 20,00 UF
Porcentaje de reembolso 80,00 %
HOSPITALIZACION PRE Y POST NATAL
Reembolso con bono 100,00 %
Reembolso vía reembolso 100,00 %
Reembolso sin previsión 50,00 %
Tope Máximo anual 10,00 UF
SERVICIO PRIVADO DE ENFERMERIA
Reembolso con bono 80,00 %
Reembolso vía reembolso 80,00 %
Reembolso sin previsión 40,00 %
Tope Máximo anual 10,00 UF
Cobertura para montos superiores a 20,00 UF
Porcentaje de reembolso 80,00 %
CIRUGIA DENTAL POR ACCIDENTE
Reembolso con bono 80,00 %
Reembolso vía reembolso 80,00 %
Reembolso sin previsión 40,00 %
SERVICIO DE AMBULANCIA
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
TRATAMIENTO HOSPITALARIO GES
Reembolso con bono 100,00 %
Reembolso vía reembolso 100,00 %
Reembolso sin previsión 50,00 %
Tope Máximo por evento 20,00 UF
BENEFICIO DE MATERNIDAD
PARTO NORMAL
Reembolso con bono 100,00 %
Reembolso vía reembolso 100,00 %
Reembolso sin previsión 50,00 %
Tope Máximo por evento 20,00 UF
PARTO CON OPERACION ABDOMINAL
Reembolso con bono 100,00 %
Reembolso vía reembolso 100,00 %
Reembolso sin previsión 50,00 %
Tope Máximo por evento 30,00 UF
ABORTO NO VOLUNTARIO
Reembolso con bono 100,00 %
Reembolso vía reembolso 100,00 %
Reembolso sin previsión 50,00 %
Tope Máximo por evento 10,00 UF
BENEFICIO DE AMBULATORIO
CONSULTAS MEDICAS
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
PROCEDIMIENTOS DE DIAGNOSTICO
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
EXAMENES DE LABORATORIO Y RADIOLOGICOS
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
PROCEDIMIENTOS TERAPEUTICOS
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 70,00 %
MARCOS Y CRISTALES OPTICOS
Reembolso con bono 80,00 %
Reembolso vía reembolso 80,00 %
Reembolso sin previsión 40,00 %
Tope Máximo anual 4,00 UF
SIQUIATRIA Y SICOLOGIA
Reembolso con bono 80,00 %
Reembolso vía reembolso 80,00 %
Reembolso sin previsión 80,00 %
Monto Máximo por prestación 1,00 UF
Tope Máximo anual 10,00 UF
APARATOS AUDITIVOS
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
Tope Máximo anual 5,00 UF
PROTESIS Y ORTESIS
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
Tope Máximo anual 20,00 UF
FONOAUDIOLOGIA
Reembolso con bono 80,00 %
Reembolso vía reembolso 80,00 %
Reembolso sin previsión 40,00 %
Tope Máximo anual 10,00 UF
KINESIOLOGIA
Reembolso con bono 80,00 %
Reembolso vía reembolso 80,00 %
Reembolso sin previsión 40,00 %
Tope Máximo anual 10,00 UF
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS GENERICOS
Reembolso con bono 90,00 %
Reembolso vía reembolso 90,00 %
Reembolso sin previsión 90,00 %
CONSULTAS MEDICAS IMED
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
PROCEDIMIENTOS DE DIAGNOSTICO IMED
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
EXAMENES DE LABORATORIO Y RADIOLOGICOS I
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
DIAGNOSTICO GES
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
SEGUIMIENTO GES
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
TRATAMIENTO AMBULATORIO GES
Reembolso con bono 70,00 %
Reembolso vía reembolso 70,00 %
Reembolso sin previsión 35,00 %
Deducible para coberturas (BENEFICIO DE AMBULATORIO) Por Grupo Fam.
Empleado sólo 0,9 UF Por Grupo Fam.
Empleado con 1 carga 1,8 UF Por Grupo Fam.
Empleado con 2 o más cargas 2,7 UF Por Grupo Fam.
BENEFICIO DE OTRAS PRESTACIONES
PAGOS COMERCIALES
Reembolso con bono 100,00 %
Reembolso vía reembolso 100,00 %
Reembolso sin previsión 100,00 %
TOPES DE POLIZA
Tope Máximo anual 500,00 UF
CONDICIONES PARTICULARES
1.- Pago de Siniestros
------------------
Plazo de Pago :
Denunciado un siniestro, la Compañía Aseguradora dispondrá el
pago de la indemnización correspondiente dentro de los 10
días hábiles siguientes al cumplimiento de todos los requisitos,
expresados en el Condicionado General de la póliza, y
sólo una vez que se encuentre verificada la ocurrencia del
siniestro y se haya determinado el monto a reembolsar.
Plazo de presentación de Siniestros:
Se establece que el plazo de presentación de siniestros será
de 60 días contados de la Fecha de Prestación.
En caso de no renovación, caducidad o anulación de la Póliza
se reducirá el Plazo de presentación a 30 días después de
de la vigencia final del contrato.
2.- Cláusula de Bonificación Extraordinaria
---------------------------------------
La Póliza establece que la utilización de los beneficios que
otorgan los Sistemas Previsionales de Salud (Fonasa o Isapre)
son prioritarios y obligatorios, por lo tanto, esta cobertura
bonifica sólo los excedentes no cubiertos por el Sistema
Previsional de Salud, en los porcentajes y topes contratados
y estipulados en las Condiciones Particulares de la Póliza.
No obstante, en aquellos gastos incurridos y sin cobertura en
el Sistema de Salud Previsional ( Fonasa o Isapre ), se les
aplicará los topes y porcentajes de reembolso establecidos en
la póliza sobre el 50% del valor boleta o factura,y se deberá
acreditar la no-cobertura mediante timbre de la institución
de salud " NO BONIFICABLE". Este procedimiento no se aplicará
para las prestaciones de Optica, psiquiatría, Psicología,
Prótesis y Ortesis, Plantillas, Aparatos Auditivos y Medicamentos.
Si el asegurado por voluntad propia no solicita el reembolso
en su sistema previsional de salud, la Compañía aplicará el
% y topes estipulados en la póliza, sobre el 10% del gasto
reclamado.
3.- Exclusiones
-----------
Además de las exclusiones estipuladas en el artículo N° 5 de
las Condiciones Generales del presente Seguro, se deja constancia
que ésta Póliza NO cubre lo siguiente :
- Cirugía Ocular, para la corrección de defectos de refracción
(miopía, astigmatismo, hipermetropía, etc)
- Cirugía de reducción mamaria, aunque sean para fines terapéuticos.
- Tratamientos por efectos secundarios a patologías o complicaciones
producto de cirugías con fines de embellecimiento.
- Tratamientos y procedimientos que tengan relación con
algún problema de esterilidad, fertilidad o infertilidad.
- Tratamientos por obesidad no mórbida (IMC < 40).
- Alimentos, aunque éstos sean con fines terapéuticos.
- Cualquier método anticonceptivo ( Anovulatorios, DIU,
métodos de barrera y otros) cualquiera sea la causa médica
por la cual sea prescrito.
También se encuentran excluidos los siguientes gastos de
farmacia, aún cuando éstos sean con fines terapéuticos :
- Insumos ambulatorios no asociados a cirugía ambulatoria
- Homeopatías
- Cremas y lociones faciales
- Jabones y shampoos
- Filtros solares
- Sustitutos Alimenticios
- Tratamientos para adelgazar
- Recetario Magistral para propósitos no terapéuticos
- Medias para el tratamiento de várices
4.- Topes de Cada Cobertura
-----------------------
Se deja establecido que el tope anual o por incapacidad determinado
en cada cobertura, será aplicable siempre y cuando
el saldo no consumido del Tope Anual por Asegurado lo permitiese.
5.- Cobertura en el Exterior
------------------------
Las prestaciones podrán ser tratadas tanto dentro como fuera
del país, siendo bonificadas hasta los topes indicados en el
plan de cobertura, sin embargo, esta condición regirá siempre
y cuando dichos gastos sean producto de una urgencia,
emergencia o porque el tratamiento prescrito no exista dentro
del territorio nacional.
6.- Cirugía Láser
-------------
Se otorgará cobertura para cirugía láser, siempre y cuando
haya transcurrido un año ininterrumpido desde la incorporación
del asegurado en la póliza vigente y previa bonificación
de algún Sistema Previsional de Salud (Isapre /Fonasa).
Dichos gastos se liquidarán bajo la cobertura "Marcos y Crisles
Opticos", excluyéndose del ítem hospitalario.
7.- Enfermera Profesional
---------------------
Se cubrirá el Servicio Privado de Enfermera Profesional
dentro del recinto hospitalario y siempre que esté prescrito
por el médico tratante. Esta prestación se cubrirá bajo el
porcentaje y tope indicado en el plan de cobertura y siempre
y cuando sea cubierto por Isapre o Fonasa.
8.- Cirugía Dental por Accidente
----------------------------
Se establece que estarán cubiertos los gastos de cirugía
plástica dental por accidente, dichos gastos serán liquidados
bajo el porcetaje y tope indicado, siempre y cuando el accidente
se produzca mientras el asegurado se encuentra amparado
por la póliza.
9.- Complicaciones del Embarazo
---------------------------
Se deja establecido que las Complicaciones del Embarazo, serán
bonificadas a través del item "Hospitalización Pre y
Post Natal", de acuerdo a las condiciones señaladas en el
Plan de Coberturas de la presente Póliza.
10.- Home Care
---------
Se otorga cobertura de Hospitalización Domiciliaria, médicamente
prescrita, reembolsándose los gastos a través de la cobertura
"Día Cama". Se excluyen los tratamientos para fines
de rehabilitación y de asegurables invalidos permanentes.
11.- Cargas No Legales
-----------------
Se establece que esta póliza contempla el ingreso de cargas
no legales, tales como; Convivientes e Hijastros, se excluyen
los padres, hermanos, sobrinos, etc.
12.- a 14.- Condiciones personales
15.- Condiciones Nuevos Asegurados
-----------------------------
Preexistencias: No se cubrirán aquellas patologías que sean
conocidas o que hayan sido diagnosticadas
con anterioridad a la vigencia del asegurado
en la póliza.
Incorporaciones: Se excluye el ingreso a esta póliza, de todas
las personas que superen la edad límite
de ingreso (65 años).
16.- Continuidad de Cobertura
* Edades topes de Ingreso
Titular : Menores de 65 años de edad.
Cónyuge : Menores de 65 años de edad.
Hijos : Desde la fecha de nacimiento, siempre y cuando el
parto haya sido cubierto por la presente póliza,
en caso contrario, la vigencia será desde el día
14 de vida.
* Edades topes de Cobertura
Titular : Al cumplir los 65 años de edad.
Cónyuge : Al cumplir los 65 años de edad.
Hijos : Hasta los 18 años y/o 24 años si son solteros, estudiantes
a tiempo completo y dependan económicamente
del asegurado titular.
17.- Cobertura para Hijos Vigentes Mayores de 24 años
------------------------------------------------
Los hijos mayores de 24 años, que sean solteros y estudiantes
a tiempo completo y dependan económicamente del asegurado titular
y que además, cuenten con algún Sistema Previsional de
Salud Isapre/Fonasa podrán permanecer vigentes sin la previa
presentación de Certificado de Estudio hasta cumplir los 28
años de edad.
Cabe señalar que a las cargas mayores de 24 años se les aplicará
una sobreprima correspondiente al 70% del costo cobrado
a la categoría de "Empleado Solo", manteniéndose al asegurado
titular en la misma categoría en la que se encuentra vigente.
Será responsabilidad del Contratante velar por los requisitos
antes descritos.
19.- Póliza Adicional Catastrófico
-----------------------------
Se deja establecido que el Contratante, posee una póliza adicional
Catastrófica Sin Definición de Patologías N°xxx.xxx-x,
la cual opera una vez consumido el tope anual de la presente
póliza.
20.- Información sobre presentación de consultas y reclamos
------------------------------------------------------
En virtud de la Circular N° 1.487 de 17 de Julio de 2000,
las Compañías de Seguros deberán recibir, registrar y
responder todas las presentaciones, consultas o reclamos que
se les presenten directamente por el contratante, asegurado o
beneficiarios o aquellos que la Superintendencia de Valores
y Seguros les derive.
Las presentaciones pueden ser efectuadas en la Casa Matriz
y en todas agencias , oficinas o sucursales de la Compañía
en que se atienda público, personalmente, por correo o fax,
sin formalidades, en el horario normal de atención y sin restricción
de días u horarios especiales.
El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado
por la Compañía de Seguros, o bien cuando exista
demora injustificada en su respuesta, podrá recurrir a la
Superintendencia de Valores y Seguros, Departamento de
Atención al Asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas
en Av. Libertador Bernardo OÿHiggins N° 1449, primer piso.
Complemento Nro 1
-----------------
Este complemento rige a contar de 01 de Abril de 2008
Solicitud de Certificado de Estudios
------------------------------------
Se deja establecido que no se exigirá la presentación de Certificados
de Estudios a los hijos mayores de 18 años, el Contratante
será el responsable de controlar esta documentación
e informar a la Compañía la nómina de exclusión e incorporación
de estas cargas. Dado lo anterior, los hijos podrán permanecer
con cobertura hasta los 24 años, siempre y cuando,
sean solteros, estudiantes a tiempo completo y dependan
económicamente del titular.
Será requisito para acceder a esta condición, contar con algún
sistema previsional de salud Isapre/Fonasa.
Complemento Nro 2
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Este complemento rige a contar de 1 de Abril de 2008
Hospitalización Psiquiátrica
----------------------------
Se deja establecido que estarán cubiertos los gastos por
Hospitalizaciones Psiquiátricas, los cuales serán bonificados
bajo el porcentaje y tope indicado en la cobertura de "Psiquiatría
y Psicología".
Mayores detalles de las pólizas (Salud, Vida y Catastrófico) en oficina de RR. HH.
Atte.,
RR. HH.
Puratos de Chile S.A.
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